1. Situación actual
HouseGram es una asociación en proceso de constitución. Los estatutos definitivos se redactarán, aprobarán en asamblea constituyente e inscribirán en el Registro de Asociaciones correspondiente. Esta página recoge el marco previsto a título informativo y no constituye un texto estatutario vigente.
Hasta la inscripción registral, ninguna cláusula aquí descrita genera derechos ni obligaciones asociativas. La afiliación exigirá solicitud expresa y admisión conforme a los estatutos aprobados.
2. Denominación, ámbito y fines
La denominación prevista es HouseGram, asociación sin ánimo de lucro de ámbito estatal, regida por la Ley Orgánica 1/2002 y su normativa de desarrollo.
Sus fines serán promover el acceso a vivienda asequible de interés general mediante la compra, rehabilitación y gestión de inmuebles, fomentar la participación ciudadana organizada por provincias y defender la transparencia en el uso de los recursos. La entidad no perseguirá fines lucrativos ni repartirá beneficios entre sus socios.
3. Socios: admisión, derechos y deberes
Podrán ser socias las personas mayores de edad que soliciten su admisión y sean aceptadas conforme al procedimiento estatutario. La cuota ordinaria prevista es de 10 €/mes, que la asamblea podrá revisar.
Los socios tendrán derecho a participar en las asambleas con voz y voto, a ser electores y elegibles para los órganos de gobierno, a informarse de la gestión y las cuentas y a formular propuestas. Deberán cumplir los estatutos y acuerdos, abonar las cuotas y respetar las normas de convivencia.
La condición de socio no otorgará propiedad, rentabilidad ni prioridad en la adjudicación de viviendas: el acceso a la vivienda se decidirá por criterios objetivos de necesidad publicados, con posibilidad de reclamación.
4. Órganos de gobierno
La asamblea general será el órgano soberano: aprobará cuentas, presupuestos, estatutos y acuerdos relevantes. Se reunirá al menos una vez al año en sesión ordinaria y en sesión extraordinaria cuando lo exija el interés de la entidad.
La junta directiva gestionará la actividad ordinaria, con presidencia, secretaría, tesorería y vocales, elegidos por la asamblea por periodos limitados y renovables. Los cargos serán gratuitos y deberán declarar sus conflictos de interés, con abstención cuando proceda.
5. Régimen económico y transparencia
El patrimonio se nutrirá de cuotas, donaciones, subvenciones y otros recursos lícitos. Se prevé destinar al menos el 85 % de las cuotas ordinarias y donaciones dinerarias no finalistas al fondo habitacional.
Se publicarán presupuestos, cuentas anuales, actas y criterios de adjudicación. Las compras y rehabilitaciones relevantes requerirán acuerdo de los órganos competentes y documentación técnica y jurídica previa.
6. Modificación y disolución
Los estatutos solo podrán modificarse por acuerdo de la asamblea general convocada al efecto. En caso de disolución, el patrimonio neto se destinará a entidades sin ánimo de lucro con fines análogos, nunca a los socios.
Este resumen se actualizará con el texto íntegro cuando los estatutos sean aprobados e inscritos, indicando fecha, registro y número de inscripción.
